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TurboSeguros » BLOG » Seguros » ¿Los Seguros de Patinetes Eléctricos son obligatorios?
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Los patinetes eléctricos se están convirtiendo en una alternativa de medio de transporte para muchas personas que viven en las ciudades. Ya ha quedado atrás la imagen del patinete eléctrico como un simple juguete, y hoy en día es habitual encontrar a viandantes subidos en su patinete de camino al trabajo. Pero, ¿sabemos todo lo que hay que saber sobre la seguridad de estos vehículos? ¿Cuál es la normativa sobre la circulación de los patinetes? ¿Es obligatorio asegurar un patinete eléctrico?
En este post intentaremos dar respuesta a estas y otras preguntas sobre patinetes eléctricos y te contaremos algunas cosas interesantes sobre los Seguros que nos protegen cuando nos movemos en un Vehículo de Movilidad Personal.
Lo cierto es que las ventas de patinetes para personas de entre 18 y 55 años se ha disparado en los últimos años, como consecuencia del creciente uso de estos vehículos como medio de transporte urbano.
Cada vez hay más gente que decidió comprar un patinete por capricho y se ha convencido de las ventajas de estos vehículos eléctricos para moverse por la ciudad de forma cómoda y 100% sostenible.
Pero este auge de los patinetes se ha producido sin que se haya regulado adecuadamente su utilización como medio de transporte. Una vez más, la sociedad ha ido por delante de la normativa a la hora de regular los Vehículos de Movilidad Personal.
El problema es que los patinetes eléctricos están proliferando por las calles a pesar de que no hay una normativa general en toda España diseñada para ellos.
Y eso es un serio problema para la seguridad de todos, ya que no hay normas que limiten el uso o la velocidad de los vehículos de movilidad personal, como los patinetes.
De hecho, no se ha establecido una edad mínima para circular en patinete eléctrico ni se exige un carnet de conducir para usarlos. Tampoco hay una normativa común que haga obligatorio elementos de seguridad esenciales, como el casco o el Seguro de Patinete.
Mientras llega la regulación formal de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que aún se encuentra en fase de tramitación, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una instrucción que unifica criterios para la movilidad en estos vehículos dentro de la normativa de tráfico vigente.
A falta de normativa, esta instrucción de la DGT es un punto de partida para el desarrollo de nuevas normas de uso de los patinetes por las vías urbanas.
En este sentido, lo primero que ha hecho Tráfico es delimitar qué es un Vehículo de Movilidad Personal, una categoría en la que se incluyen los patinetes eléctricos.
Según la DGT, un Vehículo de Movilidad Personal o VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos, y son capaces de alcanzar una velocidad máxima de entre los 6 y los 25 km/h.
Esta definición descarta aquellos vehículos que no son eléctricos (deja fuera los vehículos a motor) y los que no alcanzan esas velocidades máximas. La instrucción de la DGT también deja fuera de esta consideración los vehículos para personas con movilidad reducida y otros vehículos como patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas….
Los patinetes eléctricos son VMP y, por ese mismo motivo, no son considerados vehículos a motor ni tienen la obligación de llevar matrícula, condiciones que obligan a asegurar un vehículo con un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil.
Por este motivo, para moverse en patinete no es preciso suscribir un Seguro de Patinetes Eléctricos ni cumplir con otros muchos requerimientos que sí se exigen a otros vehículos a motor, como las motos, los quads, los scooters y motocicletas.
Aunque para cualquier particular no es obligatorio contratar un Seguro para Patinetes, las autoridades y la propia DGT ven necesario establecer normas de seguridad que protejan a los peatones y a los propios conductores de patinete.
La instrucción de la DGT sobre VMP y patinetes eléctricos establece varias normas y sanciones que deben respetar los usuarios de estos vehículos si no quieren ser multados o incluso que la policía inmovilice su patinete.
En general, se sancionan comportamientos poco o nada respetuosos con la seguridad vial, en los que se equipara al usuario del patinete con cualquier conductor de vehículos. Por ejemplo, no se puede conducir un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y las drogas o hablar por el móvil mientras circulamos en el VMP.
Estas son las principales normas a tener en cuenta en patinete:
Cualquiera que se mueva en patinete eléctrico puede ser requerido para que se someta a una prueba de alcohol y drogas, y se expone a multas de hasta 1.000 euros y la inmovilización del patinete si sobrepasa la tasa de alcohol o da positivo en drogas. Además, si el usuario del patinete se niega a someterse a estas pruebas, será denunciado como infracción administrativa.
El riesgo de que una llamada de móvil genere un accidente también existe entre quienes van en VMP. Por eso está prohibido usar el móvil manualmente cuando vamos en patinete eléctrico, igual que cualquier otro conductor de automóvil. Y si nos pillan, la multa sería de 200 euros.
Los aficionados al patinete eléctrico quizás no sepan que puede caerles una multa de 200 euros por ir a trabajar o cualquier otro lado con los auriculares puestos, escuchando la radio o su música favorita. Es otra de esas normas que pretenden evitar accidentes por distracciones en patinete.
En los casos las infracciones con el patinete son cometidas por menores de 18 años, los padres y tutores, son quienes responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.
Pues depende. Parece mentira, pero un elemento tan esencial para la seguridad como el casco en los patinetes no está aún regulado a nivel general.
Actualmente, sólo los menores de 16 años que circulen en patinete eléctrico están obligados a llevar casco, al igual que lo están los ciclistas que transitan en bicicleta por la ciudad. Pero el resto de aficionados al patinete no tiene la obligación de llevar casco, a nivel general.
Son los Ayuntamientos los que han tomado la iniciativa en este asunto y muchos de ellos ya establecen en sus Ordenanzas Municipales el uso obligatorio de casco y de otros accesorios de seguridad.
En estos casos, la multa por incumplimiento también es de 200 euros y la inmovilización del patinete.
Precisamente son los Ayuntamientos de las ciudades los que más han avanzado en la regulación de los VMP. Hace tiempo que han empezado a crear normas específicas para estos nuevos vehículos de movilidad personal, con el fin de organizar la circulación de los patinetes y preservar los espacios reservados a peatones.
Las diversas normas sobre patinetes eléctricos que se están aprobando a nivel municipal buscan regular la circulación de la gran diversidad de tipos de vehículos por sus calles y prevenir atropellos a peatones y accidentes.
Incluso hay Ayuntamientos en donde se debate la necesidad de pedir un Seguro para los Patinetes que circulan por sus calles.
Pero, a día de hoy, para los usuarios no es obligatorio asegurar el patinete. Aunque no todos los patinetes eléctricos están exentos de tener un Seguro de RC obligatorio para circular. Veamos cómo se regula el uso de patinetes en las dos principales ciudades, Madrid y Barcelona.
Madrid es una de las ciudades donde más patinetes eléctricos podemos ver por sus calles y lleva tiempo regulando su tráfico en la Ordenanza de Movilidad.
No todo el mundo puede ir en patinete eléctrico por Madrid: el Ayuntamiento establece que sólo los mayores de 15 años pueden moverse por la ciudad en patinete eléctrico o VMP.
Los aficionados al patinete que se mueven por Madrid sólo pueden hacerlo por carriles bici y por calles con velocidad restringida a 30 km/h.
Tampoco se pueden estacionar los patinetes donde queramos. Está especialmente sancionado el dejar aparcado el vehículo sobre la acera afectando a un paso de peatones, al acceso a una parada de autobús o taxi, a una plaza reservada para persona con movilidad reducida. La grúa municipal se puede llevar tu patinete, con multa incluída.
La normativa municipal en Madrid establece que la acera y los espacios peatonales son el ámbito natural de los peatones, que en ellos tienen prioridad absoluta. Por eso circular por las aceras está prohibido para los patinetes eléctricos, incluso si van despacio.
Además, la normativa madrileña exige que los patinetes eléctricos o segway lleven obligatoriamente un timbre, frenos, luces y elementos reflectantes. Por otro lado, recomiendan el uso de casco, pero no lo establece como obligatorio, excepto para los menores de 16 años.
Sobre los Seguros, tampoco hay una obligación de asegurar los patinetes de particulares, pero sí hay VMP que deben llevar Seguro de RC.
Hablamos de los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad urbana que se utilicen para la realización de actividades económicas, como visitas turísticas o el alquiler.
En estos casos los patinetes de alquiler deben contar con un Seguro de Responsabilidad Civil obligatorio que responda de los posibles daños que se pudieran ocasionar a terceros. Además, las personas usuarias de los VMP para dichas actividades deberán llevar casco.
La capital catalana también ha regulado el tráfico de patinetes eléctricos y segway de una y dos ruedas con una normativa sobre VMP, en la que establece la edad mínima de 16 años para poder moverse en patinete eléctrico por Barcelona.
Aunque la normativa barcelonesa fue más allá al establecer una clasificación de los VMP de forma que algunas de las normas no afectan por igual a todos estos vehículos.
Por ejemplo, el Ayuntamiento de Barcelona establece que los patinetes del tipo A, que no pesen más de 25 kilos, puedan circular a velocidades de hasta 20 km/h, mientras que la velocidad máxima de los del tipo B, -hasta 1,9 metros y 50 kilos- puede alcanzar los 30 km/h.
La normativa de la Ciudad Condal establece que los patinetes eléctricos tipo A pueden circular por carril bici segregado y no segregado, por las calles de plataforma única y por los parques públicos. Además, los que pertenezcan a esta categoría, pero puedan circular a más de 20 km/h, podrán desplazarse por calzadas de calles 30, es decir, calles con velocidad limitada a 30 km/h.
En el caso de los patinetes eléctricos tipo B, pueden circular por los mismos itinerarios que los de tipo A y también por calzadas de calles 30. Además, si estos patinetes circulan por una zona peatonal no podrán superar los 10 ó 20 kilómetros por hora, según indique la señalización.
También en Barcelona hay normas que afectan a todos los usuarios. Ya hemos hablado de una edad mínima para moverse en patinete por Barcelona, pero también existe la obligación de aparcar el patinete eléctrico en espacios habilitados y en aceras amplias en las que no puedan molestar al resto de viandantes.
Además, para las personas que individualmente se deplazan en VPM por la ciudad, el uso de casco es recomendable: El casco sólo es obligatorio si el patinete es de uso público.
En una ciudad turística como Barcelona han proliferado las empresas de alquiler de VPM y otros servicios que utilizan estos vehículos para realizar su actividad.
La normativa es más estricta con estas empresas que no sólo están obligadas a que los ocupantes de sus VMP lleven casco.
Al igual que en Madrid, la contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil frente a terceros es obligatoria en todos los vehículos VMP y patinetes eléctricos que tengan un uso de servicio público y compartido o formen parte de una actividad comercial, turística o de ocio.
Para el resto de personas que se mueven en patinete por Barcelona, el Seguro no es obligatorio. Aunque el consistorio barcelonés, también recomienda su contratación.
Sí, sin duda. En Turboseguros.com también pensamos que, aunque no es obligatorio contratar un Seguro de Patinetes Eléctricos para los particulares, es más que recomendable hacerlo.
Además, todo parece indicar que la normativa acabará imponiendo algún tipo de Seguro para circular con estos vehículos de movilidad personal. Aún así, tener el patinete eléctrico asegurado es una buena decisión, ya que es un vehículo que entraña riesgos que merece la pena prevenir con un Seguro.
Quienes circulan con patinete eléctrico están expuestos a tener un choque con otro vehículo o, incluso, a sufrir un accidente con peatones implicados. En esos casos es mejor contar con un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los daños a terceros.
De esta manera, el usuario puede circular mucho más tranquilo en su patinete a pilas, sabiendo que si le ocurre algo o tiene cualquier accidente en la calle, hay una aseguradora que responderá por estos siniestros.
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