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TurboSeguros » BLOG » Seguros » ¿Con qué Seguros me puedo desgravar en la declaración de la Renta?
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Este miércoles 5 de abril se pone en marcha la Campaña de la Renta de 2016, en la que se espera que cerca de 20 millones de contribuyentes presenten su declaración por vía telemática o presencial antes del 30 de junio. Por estas fechas, a muchos clientes de Seguros les surge la duda de si contar con una póliza les permite desgravar, y lo cierto es que en algunos casos es así. Hoy veremos los principales Seguros con los que nos podemos desgravar en el IRPF y de qué forma se puede hacer.
El 94 por ciento de los hogares tiene contratada una póliza, por eso no es de extrañar que los clientes de las aseguradoras tengan interés por la fiscalidad de sus Seguros. No todos los Seguros tienen desgravaciones, pero existen pólizas que tienen un mejor tratamiento impositivo en el IRPF, como ocurre con algunos Seguros de Vida Ahorro, y otras pólizas con las que se puede desgravar en el Impuesto sobre la Renta al estar vinculados a la compra de una vivienda.
No obstante, lo primero que debemos tener claro es si estamos entre los contribuyentes que tenemos la obligación de cumplir con la declaración de la Renta. En función de cómo son nuestros ingresos, es posible que haya personas que no tengan la obligación de cumplir con la Agencia Tributaria.
Concretamente, los contribuyentes que perciban un salario inferior a los 22.000 euros brutos anuales no están obligados a presentar la declaración. Eso sí, esta condición se cumple siempre que esta renta se reciba de un solo pagador o cuando, recibiendo este dinero de varios pagadores, la suma de lo ingresado por parte del segundo pagador y del resto no exceda los 1.500 euros al año.
Cuando existen varios pagadores y se supera esta cifra, el límite de ingresos anuales que nos libraría de hacer la declaración de la renta es de 12.000 euros brutos anuales. Dicho lo cual, es importante señalar que, incluso cuando estamos exentos de la obligación de presentar la declaración, conviene realizar un borrador para comprobar si nos sale a devolver. Y es que, sin que nos obligue nadie, se puede hacer la declaración voluntariamente para que Hacienda nos devuelva ese dinero, incluso cuando nuestros ingresos están por debajo de los límites señalados.
Existen diversos casos en los que estar asegurado nos puede beneficiar con una desgravación en la Declaración de la Renta. Los más relevantes suelen ser las pólizas vinculadas a la compra de una vivienda habitual y algunos Seguros de Ahorro. Además, los trabajadores autónomos con un Seguro de Salud y los empleados por cuenta ajena que son beneficiarios de un Seguro Médico tienen un tratamiento fiscal favorable en el IRPF.
Los Seguros de Vida vinculados a una hipoteca pueden desgravarse en el IRPF en determinados casos, ya que se tratan de cantidades incluidas dentro de la deducción por adquisición de vivienda habitual. Estas aportaciones estarían incluidas en la desgravación de hasta el 15 por ciento de lo destinado a la compra de una casa, hasta un máximo de 9.040 euros.
La condición que pone Hacienda para poder aplicar esta desgravación es que la vivienda se haya adquirido antes del 1 de enero de 2013. El dinero de la prima del Seguro de Vida vinculado a la hipoteca se puede añadir a las cuotas del préstamo hipotecario para calcular la base de la deducción.
Hay Seguros de Vida Ahorro que desgravan en la Declaración de la Renta: los denominados Planes de Previsión Asegurados (PPA). No obstante, en estos casos es importante diferenciar si el tomador del seguro y el beneficiario son la misma persona. En ese caso, efectivamente, la desgravación en el IRPF es pertinente. Pero si son personas distintas, los beneficios fiscales se aplicarán en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Cuando el tomador y el beneficiario son la misma persona, el Seguro abonará una cantidad cuando se alcance cierta edad. Si esa cantidad se cobra en forma de capital, se aplica una fiscalidad similar y una base imponible a la de otros productos financieros.
-Entre 0 a 5.999 euros el tipo impositivo será del 21 por ciento.
-Entre 6.000 y 24.000 euros el tipo impositivo será del 25 por ciento.
-A partir de 24.000 euros el tipo impositivo será del 27 por ciento.
El beneficio se obtiene restando al capital obtenido las primas satisfechas. Además, la empresa aseguradora practicará una retención del IRPF del 19 por ciento sobre el rendimiento.
Si la cantidad se percibe en forma de renta, se aplica una fiscalidad similar a los rendimientos del capital mobiliario, con una base imponible al ahorro del 19 por ciento.
Los trabajadores autónomos pueden ahorrar dinero en el Impuesto sobre la Renta gracias a la contratación de un Seguro de Salud. La norma dice que los trabajadores autónomos que contraten un Seguro Médico pueden deducir las primas de la póliza, hasta un máximo de 4.500 euros.
El Seguro de Salud es un gasto deducible para el profesional del que también se puede beneficiar la familia, ya que la cuota del cónyuge como la de los hijos menores de 25 años pueden incluirse en la deducción. El importe a deducir el importe a deducir se ha visto incrementado hasta 500 euros por persona, y en el caso de profesionales con discapacidad, este límite se amplía hasta los 1.500 euros.
Los Seguros de Salud también tienen un tratamiento fiscal favorable en el caso de los trabajadores que disfrutan de la cobertura de la póliza de la empresa. Ser beneficiario de un Seguro Médico de empresa podría considerarse una retribución en especie para el trabajador y el empleado debe incluirla en su declaración de la Renta particular. Sin embargo, en el caso de la póliza de salud, hasta un importe de 500 euros, no se consideran como tal, por tanto supone también un beneficio para el trabajador.
Por otro lado, hay casos en los que los autónomos pueden beneficiarse fiscalmente de las pólizas contratadas para realizar su actividad. Por ejemplo, el Seguro de Coche o el Seguro de Camión que cubre al automóvil de un autónomo que lo utiliza para trabajar, puede incluirse en el capítulo de costes del IRPF, siempre que su uso afecte al 100% de la actividad.
Con o sin desgravación en la declaración de la Renta, contratar un Seguro de Vida que dé tranquilidad de cara al futuro siempre es una buena opción. Al igual que proteger el bienestar de la familia y contratar un Seguro Médico que ofrezca una respuesta rápida y eficaz ante cualquier problema de salud.
Además, ahorrar en la contratación de la póliza es cada vez más fácil gracias a herramientas como nuestro comparador de seguros online, con el que comparamos las mejores ofertas de aseguradoras líderes para ofrecer a nuestros clientes el Seguro que mejor se ajusta a sus necesidades y al precio más barato.
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