Asegurate de conducir a la velocidad adecuada

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¿Te has fijado en que esta semana hay más controles de velocidad de lo que es habitual en las carreteras? Efectivamente, nos encontramos en plena campaña de vigilancia de la Dirección General de Tráfico para concienciar a los conductores de la necesidad de respetar la velocidad máxima en carretera. La velocidad inadecuada es un factor de riesgo que genera un importante número de accidentes y agrava sus consecuencias, por eso la Guardia Civil intensificará los controles de velocidad en vías interurbanas hasta el próximo 6 de abril.

 

Campaña de control de velocidad

 

Hay muchos argumentos que sostienen la necesidad de realizar este tipo de campañas con el fin de reducir la siniestralidad. Por ejemplo, el Informe sobre la situación mundial de la seguridad vial 2013, que elabora la Organización Mundial de la Salud, concluye que la limitación de la velocidad pueden reducir de forma significativa los accidentes y las lesiones causadas por el tráfico.

Lo cierto es que, en España, los fríos datos de accidentes cargan de razón a la Administración a la hora de poner en marcha este tipo de campañas. Cumplir con los límites legales de velocidad podría evitar una cuarta parte de los muertos en accidente de tráfico. En 2012, 447 personas fallecieron y 1.746 resultaron heridas graves en accidentes producidos en las carreteras españolas en los que la velocidad fue uno de los factores concurrentes. 283 de las muertes y 1.206 heridos graves lo fueron en accidentes en vías convencionales. Son demasiados.

 

Límites para prevenir accidentes

Recientemente se ha aprobado en el Congreso de los Diputados la nueva reforma de la Ley de Seguridad Vial, que no varía los límites establecidos, aunque abre la puerta a futuras modificaciones por en el Reglamento de Circulación. Pero hasta la fecha, la velocidad genérica para turismos y motos en autopistas y autovías sigue siendo de 120 km/h. En carreteras secundarias, de 100 km/h o 90 km/h en función de la anchura del arcén y en vías urbanas dicha velocidad genérica es de 50 km/h. Los conductores que las incumplan estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.

Si el exceso de velocidad es de más de 60 km/h en una vía urbana o de 80 km/h en carretera sobre la permitida, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con penas de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Y en cualquiera de los supuestos, este delito supone la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un tiempo de entre uno y cuatro años.

Campañas como la que ahora tiene en marcha la Guardia Civil de Tráfico nos recuerdan las consecuencias que acarrean un descuido, unas prisas o, simplemente, una imprudencia. Los riesgos para quien conduce, para quienes le acompañan y para el resto de conductores que comparten la carretera, muchas veces se pueden evitar levantando el pie del acelerador. Merece la pena controlar la velocidad en carretera, por la seguridad de todos.

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Comentarios de los usuarios

  • jose sivera mata

    es verdad que si te caza el radar movil te tienen que parar? o si no te paran la denuncia no es buena?

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