Seguros de Vida: Seguros de fallecimiento y de supervivencia

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Puede que al tratar de Seguros de Vida, hayáis escuchado hablar de ‘Seguros de fallecimiento‘ y de ‘Seguros de supervivencia‘. Ambos son utilizados para definir a las dos grandes familias de pólizas que se engloban dentro de los Seguros de Vida: los Seguros de Vida Riesgo y los Seguros de Ahorro. Vamos a repasar las diferencias entre estas dos clases de pólizas y conoceremos además, si se puede recuperar el dinero de un seguro de vida.

 

En los seguros de vida podemos encontrar dos clases de pólizas: seguros de fallecimiento y de supervivencia

Su denominación hace referencia a que, en el primer caso, la póliza de vida establece una indemnización en caso de fallecimiento del asegurado durante la vigencia del contrato (debe presentarse un informe médico para cobrar el seguro de vida), y en el otro el seguro paga una prestación si el asegurado sigue vivo al vencimiento de la póliza.

No obstante, ambas opciones pueden combinarse de diferentes maneras en una misma póliza e incluir coberturas como las de invalidez. También existen diferentes tipos de pólizas de supervivencia que plantean distintas maneras de ahorrar, dependiendo del riesgo que asuma el cliente.

Seguros de fallecimiento o Seguros de Vida Riesgo

Esta clase de pólizas de vida garantiza a los beneficiarios del seguro el cobro de un capital o una renta en caso de muerte del asegurado. De esta forma, si el asegurado fallece antes de que finalice el contrato, los beneficiarios designados en la póliza recibirían el pago de la indemnización, según las condiciones establecidas en la póliza. No obstante, si el seguro de vida llega a su vencimiento y el asegurado vive, el contrato se da por finalizado sin ninguna contraprestación por la entidad aseguradora.

Las ofertas de Seguros de Vida Riesgo suelen incluir entre sus opciones diversas garantías complementarias, que aumentan la protección del asegurado, aunque también encarecen el precio de la prima. Las coberturas más habituales que encontramos en Seguros de Vida Riesgo son:

  • Invalidez: Además del riesgo de fallecimiento, las pólizas que incluyen coberturas de invalidez ofrecen la indemnización al asegurado en caso de que sufra algún tipo de invalidez o incapacidad. En este sentido, debemos tener en cuenta que son varias las situaciones de invalidez/incapacidad que pueden estar bajo la garantía de nuestra póliza y es importante conocer en detalle en qué circunstancias nos protege nuestro seguro si sufrimos este tipo de siniestros.
  • Accidentes: En los casos en que el seguro de vida y accidentes personales incorpore esta garantía, la aseguradora indemnizará a los asegurados con un capital adicional en caso de que el fallecimiento no se deba a causas naturales sino que sea consecuencia de cualquier tipo de accidente. En estos casos, tambien podemos encontrar pólizas que distingan entre accidentes de tráfico y el resto, e incluso que ofrezcan una indemnización extra si el accidente se ha producido en la carretera.

Ahorrar con el Seguro de Vida: los seguros de supervivencia

La definición de seguro de vida ahorro se caracteriza porque supone una forma de garantizar un capital para el futuro que puede complementar nuestra jubilación. Existen diferentes tipos de seguros de ahorro, aunque lo que distingue a este tipo de seguros de otros productos de ahorro es su beneficioso tratamiento fiscal.

Se puede ahorrar con el seguro de vida, para complementar nuestra jubilación.

Lo que define a estos seguros es que garantizan a los beneficiarios o al propio asegurado una prestación, bien en forma de aportación de capital o como renta, a la finalización del contrato en caso de que el beneficiario se mantenga con vida. Se pueden destacar dentro de esta categoría, los siguientes tipos:

  • Seguros ‘unit linked’: El tomador asume el riesgo de inversión de las aportaciones realizadas, es decir, el resultado de la inversión determinará el capital aportado al seguro de vida.
  • Planes de previsión asegurados (PPA): Son seguros individuales cuyo régimen jurídico y fiscal se asimila a los planes de pensiones. La finalidad principal de estos seguros es la cobertura de la jubilación, aunque también cubre contingencias como el fallecimiento, incapacidad laboral permanente y dependencia.
  • Planes individuales de ahorro sistemático (PIAS): Son seguros individuales de ahorro a largo plazo en los que el contratante recibe una renta vitalicia anual si vive a una determinada edad establecida en el contrato. Las primas no pueden superar el límite anual de 8.000 euros y el importe total de las primas acumuladas debe ser inferior a los 240.000 euros.
  • Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo (SIALP): Son relativamente nuevos y se caracterizan por su especial régimen fiscal. Estos seguros ofrecen una rentabilidad sobre aportaciones que no deben superar los 5.000 euros anuales, y la inversión no se puede retirar antes de 5 años. Además, se garantiza la percepción al vencimiento de, al menos, un capital equivalente al 85% de las aportaciones.
  • Rentas vitalicias: Son seguros en los que se garantiza al asegurado el importe de una renta durante todos los años de su vida, a partir de un plazo establecido. La renta se puede adaptar a las características familiares del asegurado, y se puede combinar con prestaciones adicionales en caso de fallecimiento o devolución de aportaciones.

Son muchas las opciones que ofrecen este tipo de pólizas y por eso es fundamental comparar Seguros de Vida para dar con la póliza que se ajuste a las necesidades de cada cliente. En Turboseguros.com puedes encontrar el Seguro de Vida que necesitas, respondiendo al sencillo cuestionario que propone su comparador.

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