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TurboSeguros » BLOG » Información sobre Seguros de Vida » ¿Cuánto pagan los Seguros de Vida en la indemnización por fallecimiento?
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Cuando nos hacemos un Seguro de Vida, suelen ser razones de responsabilidad las que nos animan a tomar esa decisión. Nadie sabe qué va a pasar en el futuro y, si una persona tiene una familia a su cargo, genera cierta tranquilidad saber que la indemnización que pagan los Seguros de Vida puede ser un salvavidas para los seres queridos en caso de fallecimiento.
Hoy vamos a ver hasta qué punto eso es así, al analizar las indemnizaciones de las pólizas de vida que se cobraron el año pasado en España, comparándolas con las necesidades que realmente debería cubrir el capital asegurado de un Seguro de Vida.
Lo que nadie duda es que asegurarse, es una decisión responsable. El fallecimiento de una persona puede generar una situación muy difícil en muchas familias que, además de sufrir la pérdida de un ser querido, debe sobreponerse a una situación de cierto desamparo económico. Sobre todo en hogares con menores o que están pagando la hipoteca de la casa. La indemnización por fallecimiento que pagan los Seguros de Vida cubre estas situaciones.
Una póliza de vida viene a paliar, al menos en parte, las dificultades que pueden presentarse por situaciones de fallecimiento, ofreciendo indemnizaciones que dan un respiro a las familias que las sufren. Y son muchas, concretamente el año pasado fueron 49.996 las muertes que cubrieron las aseguradoras, según datos de UNESPA.
Hablamos de 50.000 familias que encontraron cierto alivio a una situación dramática, gracias al sector asegurador y a la previsión de sus asegurados, que contrataron esas pólizas. Las indemnizaciones que otorgan los Seguros probablemente son sólo un primer paso hacia la normalización de una situación dramática, pero quienes la reciben saben que es importante.
En España, los Seguros de Vida pagan unos 34.500 euros de indemnización media por fallecimiento. Si es mucho o si resulta insuficiente, depende de cada situación y de cada familia. Sin embargo, la estadística nos dice que la compra de Seguros de Vida está estrechamente relacionada a determinadas coyunturas y proyectos vitales.
La firma de una hipoteca, la llegada del primer hijo o el que uno de los miembros de la familia asuma el peso económico del hogar, sea por los motivos que sean, incentiva contratar una póliza.
Por edades, quienes son más proclives a hacerse un Seguro de Vida son las personas de entre 25 y 45 años. De hecho, dos tercios de los individuos en esta franja de edad se aseguran, aunque entre las personas de entre 45 y 64, las pólizas de vida siguen siendo habituales.
El estudio de UNESPA analiza el perfil de las personas que el año pasado decidieron contratar un Seguro de Vida Riesgo y se ve cómo los directivos de empresas y empresarios son los que más se aseguran, con un 76,3% del total. Les siguen autónomos y comerciantes (74,8%), y los profesionales liberales (69,8%).
Lo que pagan los Seguros de Vida en concepto de indemnización por fallecimiento está directamente relacionado con el capital asegurado contratado en la póliza. Pero lo cierto es que el desembolso de las aseguradoras del ramo es realmente importante, hasta alcanzar los 1.723 millones de euros durante 2016.
Desde esta perspectiva, es interesante observar que el importe promedio de las indemnizaciones es diferente, según la región donde nos encontremos.
Por ejemplo, en Cantabria la indemnización media por fallecimiento asciende a 60.254 euros, y son los que más cobraron de las aseguradoras el año pasado, superando los 52.215 euros que cobraron, de media, los beneficiarios de las pólizas de vida que reclamaron al Seguro en Baleares, o los 49.595 euros de indemnización media que pagaron las aseguradoras de vida en Cataluña.
Pero si estos son los lugares donde el fallecimiento estaba cubierto con un mayor capital, donde el Seguro de Vida paga menos es en la Comunidad Valenciana, con una indemnización media de 15.845 euros, y en Asturias, con 21.629 euros de indemnización. Claro que, ante estas cifras surge la pregunta que todo el mundo debiera hacerse al contratar un Seguro de Vida: ¿Es suficiente ese dinero?
Si una persona se plantea revenir las consecuencias que acarrea su fallecimiento, debería pensar muy bien qué capital debe asegurar en su contrato para que la póliza ofrezca esa tranquilidad que busca en un Seguro de Vida.
Esas mismas situaciones que pueden llevar a cualquiera a contratar una póliza (la hipoteca, un hijo, etc.), son las que debemos tener presentes al hacer el cálculo del capital del Seguro. A fin de cuentas, la póliza tiene que ser la solución a una pérdida inesperada y dramática, que se ve agravada por esta situación. Pongamos algunos ejemplos:
Si estás pagando una hipoteca, es conveniente que ajustes el contrato del Seguro hasta cubrir el capital pendiente del préstamo hipotecario, para que la familia tenga la vivienda libre de cargas en caso de fallecimiento. Ahora bien, no es obligatorio pagar seguro de vida en hipoteca pero sí, muy recomendable.
Además, aunque el Seguro puede cubrir la hipoteca, sería conveniente que la indemnización por fallecimiento fuera suficiente para responder de cualquier otra deuda. De esta manera, esa familia podría retomar la normalidad, y empezar de cero y sin cargas: Préstamos del coche, créditos al consumo o cualquier deuda pendiente se deberían tener en cuenta para que el capital asegurado pueda cubrirlas.
Otro factor determinante al calcular el capital asegurado de un Seguro de Vida es el reparto de ingresos de la unidad familiar. El fallecimiento de uno de los dos cabezas de familia es siempre dramático, pero económicamente tiene un impacto mucho mayor si el fallecido es quien llevaba el único sueldo a casa.
En este sentido, el tiempo que transcurre hasta que se consigue equilibrar la economía familiar es importante. Tras el golpe que supone el fallecimiento de uno de los cónyuges, suelen pasar algunos meses o incluso años hasta que se reajusten los ingresos y gastos de la casa.
La indemnización que paga el Seguro debería servir para cubrir ese desfase durante el tiempo necesario hasta que ingresos y gastos se nivelen.
Menores a cargo, con o sin estudios, personas dependientes de la unidad familiar, gastos de la casa, alquileres… son ejemplos de las diversas necesidades familiares que una póliza de Vida puede cubrir.
En el momento de la contratación de la póliza, el asegurado debería tener en cuenta estas situaciones y cuantificar su cobertura en un plazo razonable de tiempo, para que la indemnización que paga el Seguro a los beneficiarios pueda cubrirlas, al menos temporalmente.
Cuando finalmente se produce el fallecimiento de una persona que en vida había contratado un Seguro de Vida Riesgo, son los beneficiarios y familiares del fallecido quienes deben iniciar el proceso que desembocará en el pago de la indemnización de la póliza.
De hecho, lo primero que debería hacer la familia de un fallecido es confirmar si tenía o no Seguro. Parece una obviedad, pero lo cierto es que el 10% de los Seguros de Vida no se cobran porque nadie los reclama. Es preciso disponer de un informe médico para cobrar el seguro de vida.
Por eso, el primer paso es consultar en el Registro de contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento. Tras acreditar la muerte del titular tendremos acceso a todos las pólizas con cobertura de fallecimiento, así como a los datos necesarios para reclamar la indemnización a la aseguradora.
Tras confirmar que la persona fallecida es titular de una póliza, hay que contactar con la aseguradora para conocer si nuestro nombre figura entre los beneficiarios e iniciar los trámites para el cobro de la póliza. Es entonces cuando se informa de cuánto pagará el Seguro a cada uno de los beneficiarios.
No hay que olvidar que en caso de no haber designado ningún beneficiario específico en la póliza, serán los herederos legales quienes cobren, generalmente los hijos, cónyuge o padres.
La tramitación del cobro del seguro de vida tiene un último paso importante que salvar: los impuestos. Toda percepción de dinero por parte de los beneficiarios de seguros de vida como consecuencia de la muerte de la persona asegurada -siempre que el contratante sea distinta persona del beneficiario- está sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que gestionan las Comunidades Autónomas.
El importe del impuesto depende de muchos factores, entre los que destaca el tipo de interés y las bonificaciones que aplica cada comunidad. Pero también depende de la cantidad que recibirá el beneficiario del seguro y del valor de todos los bienes y derechos que formen parte de la herencia.
Esto es relevante, porque en muchas ocasiones las aseguradoras no abonan la indemnización si previamente no se justifica el pago del Impuesto sobre Sucesiones.
Hay regiones donde, para poder cobrar el Seguro de Vida sin esperar la tramitación de la herencia, se permite realizar una autoliquidación parcial del impuesto por el valor de la póliza, teniendo en cuenta que el resto de la herencia se debe presentar antes de que finalice el plazo de seis meses.
Experta en seguros, licenciada en Biología y especializada en salud, vida y decesos con 20 años de experiencia.
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Yasira Alcobre
Mi padre fallecio y llevaba 3 meses con el seguro contratado. Tenemos derecho a indemnizacion?
Juan
Buenos días Yasira,
Depende de las causas del fallecimiento.
Almudena
Hola mi madre fallecio a los 6 meses de hacer el seguro y medicen que me dan 4120 euros y me resulta raro la cantidad seria normal ?
Turboseguros
Debes mirar las condiciones de la póliza, pide un duplicado de las condiciones particulares de la póliza a tu corredor de seguros.
Turboseguros
Hola Mónica
Antes de nada, es importante apuntar que Turboseguros.com es una correduría online que opera en el mercado español de seguros, bajo la normativa y las leyes españolas que rigen nuestro sector. Desconozco la normativa en Argentina, pero en España la indemnización por fallecimiento de un seguro de vida, es decir, el capital asegurado, queda establecido en el condicionado de la póliza que firma el tomador/asegurado. Te recomendaría que consultes el contrato de tu seguro y, si tienes dudas sobre las condiciones de la póliza, busques asesoramiento de un mediador o corredor de seguros en Argentina.
Fernando r
Tengo asegurados 150000 euros, si debo de hipoteca 100000 euros y fallezco me pagarán la diferencia que sobra hasta completar los 150000 a mi viuda? Muchas gracias
Turboseguros
Efectivamente Fernando, en caso de fallecimiento la diferencia se pagaría a los herederos legales. Es decir el seguro pagaría 100.000€ al banco por el capital pendiente de la hipoteca y 50.000€ a los herederos legales.
Laura estrada
Hola un familiar falleció en un accidente su póliza estaba firmada por una cantidad pero llego demas.la cantidad triplicada. Es eso correcto o hay un error.
Turboseguros
Es posible que tuviese contratado triple capital en caso de accidente de circulación, que es una cobertura muy demandada.
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