Seguro de Hogar: ¿Estás cubierto en caso de terremoto?

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El Seguro intenta dar respuesta a cualquier siniestro, modificación con tu seguro para reformas e incluso ante aquellos riesgos que resultan más imprevisibles. Un terremoto puede ser uno de esos sucesos que no esperamos vivir nunca, aunque el reciente movimiento sísmico que se ha producido en el Mar de Alborán y ha afectado a varios edificios de la ciudad de Melilla nos recuerda que esas cosas pasan. Además, pueden ser tremendamente destructivas incluso en España, como ya demostró el terremoto de Lorca en 2011. Ante esta realidad, cabe preguntarse si el Seguro de Hogar puede cubrir los daños ocasionados en nuestra casa por un terremoto.

 

El Seguro de Hogar puede ayudarte en caso de sufrir daños en casa por un terremoto

 

El Seguro de Hogar es el camino para dar solución a los desperfectos provocados por un seísmo, aunque en la mayoría de pólizas no se incluyen los daños por terremotos en las coberturas. Este tipo de siniestro está dentro de los denominados «Riesgos extraordinarios» y no suelen estar cubiertos por las aseguradoras, aunque en estos casos actúa el Consorcio de Compensación de Seguros, respaldando a las compañías de seguros en estas situaciones extraordinarias.

 

El seguro de riesgos extraordinarios del Consorcio

Al contratar un Seguro de Hogar, los asegurados se convierten en beneficiarios de unas garantías sobre daños de riesgos extraordinarios, como los terremotos, cuya cobertura es competencia del Consorcio de Compensación de Seguros. Esta entidad dependiente del Ministerio de Hacienda es la que se responsabiliza de los daños que pudiera sufrir la vivienda por siniestros extraordinarios, como los terremotos.

Las indemnizaciones de este seguro salen de un fondo que se financia con una pequeña porción del precio de cada prima pagada. De esta forma, el Consorcio de Compensación de Seguros actúa como el seguro de los seguros en situaciones excepcionales.

En el Seguro de Hogar, podemos comprobar entre las condiciones generales de la póliza cuáles son las coberturas que asume el Consorcio y se definen los “Riesgos extraordinarios”. De esta manera, el Consorcio cubre los daños en la vivienda asegurada provocados por:

  • Terremotos y seísmos submarinos
  • Inundaciones extraordinarias (incluyendo embates de mar)
  • Erupciones volcánicas
  • Tempestad ciclónica atípica (incluyendo las rachas de viento superiores a 135 kilómetros/hora)
  • Tornados
  • Caída de meteoritos

El Consorcio de Seguros también cubre los daños producidos por actos violentos de terrorismo, rebelión, sedición, motín o tumulto popular. Además, cubre los desperfectos que pudiera ocasionar actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.

Para tener este derecho, el Seguro de Hogar debe estar en vigor e incluir la cobertura de alguno de los siguientes riesgos: incendio, robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos, ordenadores, o modalidades combinadas de los mismos. Una póliza multirriesgo del hogar incluiría esta cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros.

 

Qué hay que hacer para cobrar el seguro del Consorcio

Para que el Consorcio de Compensación de Seguros cubra los daños provocados por un terremoto, el asegurado debe estar al corriente del pago del recibo de la prima, donde se incluye el recargo a favor del Consorcio. Existe un periodo de carencia de 7 días desde la fecha de efecto del Seguro de Hogar, que rige para las indemnizaciones por daños en el patrimonio. Si el terremoto hubiera provocado daños personales a una persona asegurada, no tendría efecto esta carencia.

 

El seguro de hogar debe estar en vigor y al día del pago de la prima para acceder a la indemnización del Consorcio.

 

El Consorcio actúa como una compañía de seguros y para recibir las indemnizaciones es necesario que le comuniquemos lo antes posible las circunstancias del siniestro. Hay varias formas de tramitar esta solicitud, aunque en casos como éste las aseguradoras suelen asesorar a sus clientes en los trámites de solicitud de indemnizaciones.

El Consorcio de seguros calcula la indemnización de los daños sobre la base de la misma póliza contratada con la compañía de seguros, de manera que tiene en cuenta los bienes, el capital asegurado y resto de condiciones (primer riesgo, límites de indemnización, etc.) establecidos en esa póliza.

Tras la presentación del expediente, el Consorcio de Seguros contrata los servicios de peritos profesionales que evalúan los daños y calculan el coste. La tramitación de las indemnizaciones puede demorarse unas semanas, aunque el pago de indemnizaciones suele ser más ágil.

 

El Seguro de Hogar te ayuda en caso de sufrir un terremoto

El Seguro no cubre los daños por terremotos, pero al contratar un Seguro de Hogar accedes a esta cobertura por parte del Consorcio de Compensación de Seguros. Esta es una razón más para tener la casa asegurada, ya que puede ser un importante alivio en caso de sufrir un terremoto. Y no tiene que ser caro, puedes encontrar tu Seguro de Hogar en el comparador de seguros de Turboseguros.com, con las coberturas que necesitas y a un buen precio.

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