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TurboSeguros » BLOG » Información sobre Seguros de Hogar » ¿El Seguro de Comunidades es obligatorio en un edificio de viviendas?
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Una de las cuestiones que se suelen comentar en las reuniones de vecinos al hablar de los gastos de la comunidad, son los Seguros. De hecho, es relativamente frecuente encontrarnos con un vecino ofuscado que pregunta al administrador de fincas por la necesidad de contratar una póliza. ¿Es obligatorio contratar un Seguro de Comunidades para el edificio? Esa es la pregunta que esperamos contestar hoy en nuestro blog.
Lo cierto es que en la legislación estatal no hay ninguna ley que obligue a la contratar un Seguro a nombre de la comunidad de vecinos. La Ley de Propiedad Horizontal sólo indica que la comunidad de propietarios puede suscribir un contrato de Seguro, con cargo a sus fondos, que cubra los daños causados en la finca, pero no hace obligatoria esta posibilidad.
No obstante, en dos regiones, concretamente en Madrid y la Comunidad Valenciana, la legislación autonómica sí que obliga a asegurar los edificios de viviendas. En la región madrileña, el artículo 24 de la Ley 2/1999, de 17 de marzo, sobre Medidas de Calidad de la Edificación establece que cualquier edificio debe tener un Seguro de Comunidades obligatorio que cubra los riesgos de incendios y daños a terceros.
Por su parte, la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat Valenciana, sobre la Vivienda de la Comunidad, en su artículo 30 también determina que es obligatorio que los edificios de viviendas estén asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros. La legislación valenciana concreta, además, que las comunidades de propietarios deben suscribir una póliza obligatoria que cubra también los elementos comunes de todo el inmueble.
Es más, en esta región tener un Seguro que cubra los daños causados en el edificio por riesgos extraordinarios, o un contrato de mantenimiento del inmueble y sus instalaciones, es premiado por la Administración Regional, ya que estas comunidades tendrán preferencia en la obtención de ayudas públicas a la rehabilitación, conservación y mantenimiento de inmuebles.
Como vemos, en la mayor parte del país tener contratado un Seguro de Comunidades es una opción que depende de cada comunidad. En muchas de ellas, son los propios estatutos de la comunidad de vecinos los que establecen que su edificio de viviendas esté asegurado.
Sea como sea, obligatorio o no, lo cierto es que esta póliza suele solventar muchos problemas en el día a día de las comunidades de vecinos. Por eso es muy recomendable y necesario.
Las pólizas de las comunidades de vecinos de toda España sufrieron más de un millón de siniestros de todo tipo durante el año 2015. Hablamos de problemas relacionados con daños por agua, rotura de cristales, daños causados por fenómenos atmosféricos o robos, entre otros.
Los datos de UNESPA revelan que una quinta parte de estos incidentes se producen en edificios ubicados en la Comunidad de Madrid, donde todos los edificios residenciales deben estar asegurados. En total, las comunidades de propietarios madrileñas emitieron 213.210 partes al Seguro ese año, es decir, que sufrieron un siniestro cada 2 minutos y medio.
Le siguen como regiones con una mayor siniestralidad en edificios de viviendas Cataluña, con 196.960 siniestros al año, y Andalucía, donde las aseguradoras atendieron 147.947 partes del Seguro de Comunidades, según datos del informe Estamos Seguros 2016 de la patronal de los Seguros.
Por siniestros, los daños por agua son, con mucha diferencia, los responsables de la mayoría de partes de comunidades de vecinos al Seguro. En 2015 sumaron un total de 682.757 incidencias muchas más que las generadas por los fenómenos atmosféricos, la segunda causa de siniestros en comunidades de propietarios, con 138.536 partes al año.
También están entre los siniestros más frecuentes la rotura de cristales (con 76.828 partes al año), los siniestros de Responsabilidad Civil (que generaron 58.194 llamadas a las aseguradoras), o los robos y daños causados por robos (con 37.928 partes anuales).
A tenor de los datos de siniestralidad en los edificios de viviendas, parece sensato hacer caso al administrador y contratar un Seguro que resuelva todas estas incidencias, evitando, de paso, otros muchos posibles problemas de convivencia entre vecinos.
Los Seguros de Comunidades están bastante extendidos en nuestro país y las aseguradoras cuentan ya con productos aseguradores específicos, diseñados para cubrir las incidencias más frecuentes y cumplir con las normativas autonómicas que obligan a su contratación.
Entre las coberturas que no deben faltar en los Seguros Comunitarios, destaca el seguro de responsabilidad civil de la vivienda, el Seguro de Incendios y la garantía de Daños por Agua.
Esta garantía de RC es una de las más útiles en una urbanización o edificio residencial, en el que una importante superficie de las zonas comunes y de los alrededores del inmueble sirve de paso a muchas personas.
Una mala caída en una escalera mojada o la caída de una teja o un voladizo del inmueble que puede provocar daños a coches y personas son situaciones que puede cubrir este Seguro, evitando un importante desembolso en indemnizaciones a los vecinos.
La cobertura de Incendios es otra de las imprescindibles en estos Seguros. Las regiones donde se obliga a contratar un Seguro de Comunidades establecen la obligatoriedad de incluir esta garantía en el contrato de la póliza y los datos referidos al coste de estos siniestros hacen aconsejable que no se deje fuera de los Seguros Comunitarios que se contratan de forma voluntaria.
En 2015, las aseguradoras recibieron 16.292 partes de incendios de comunidades de propietarios. Son muchas, pero desde luego no es el siniestro más frecuente en estos edificios. Sin embargo, estos siniestros les cuestan a las aseguradoras 113.000 euros diarios, una cifra que sólo superan los daños por agua y los fenómenos atmosféricos.
La conveniencia de incluir la cobertura de Daños por Agua se explica por la frecuencia de este tipo de siniestros. Como hemos visto, este tipo de incidencias son las que más trabajo dan a las aseguradoras y, por lo tanto, conviene tener un Seguro de Comunidades que cubra adecuadamente estas incidencias.
Además de las garantías destacadas, los Seguros para Comunidades suelen incorporar diversas coberturas más, como por ejemplo:
Encontrar un Seguro de Comunidades a la medida de tu edificio puede ser una tarea ardua. Hay muchas ofertas y no siempre tenemos tiempo para comparar ofertas. En este sentido, nuestro comparador de Seguros online te ofrece la posibilidad de contratar un Seguro de una forma ágil y con el mejor asesoramiento en Seguros.
Con solo dejarnos tus datos, comparamos las mejores propuestas y te conseguimos el mejor Seguro para tu edificio. Además, nuestros expertos te aconsejan sobre las coberturas que necesitas, buscando siempre el mejor precio y la protección más completa. Si eres el presidente de tu comunidad de vecinos, podemos echarte una mano en la contratación de la póliza de la comunidad.
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