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TurboSeguros » BLOG » Información sobre Seguros de Hogar » ¿Por qué es necesario el Seguro de la Comunidad de Propietarios?
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En muchas reuniones de vecinos se suele debatir la idea de contratar un Seguro de Comunidades. Las zonas comunes de tu edificio son problema de todos. Es la comunidad de vecinos la que se encarga de los arreglos del portal, de la limpieza de la escalera, de las revisiones del ascensor… Y de los incidentes que afectan a estas zonas comunes, así como los gastos que acarrean: son responsabilidad de todos los vecinos.
No obstante, hay quien no tiene claro si es realmente necesario pagar un Seguro. Hoy veremos que tener un Seguro para la Comunidad de Propietarios es una decisión recomendable, que ahorra muchas preocupaciones y dinero a los inquilinos de un inmueble.
¿Alguna vez has pensado la cantidad de gente que sube y baja por las escaleras y el portal de tu edificio? Si vives en un bloque de viviendas o en una urbanización con zonas comunes existe el riesgo de que alguien tenga un accidente o se produzca cualquier percance (fugas de agua, daños en fachadas, tejados, etc.) en las zonas que son de todos los vecinos.
Es probable que en alguna reunión de vecinos el administrador de la comunidad ya haya explicado que en edificios de viviendas en los que hay zonas comunes, garajes, jardines o piscina, los daños que se produzcan en espacios comunitarios que son de los vecinos, son también responsabilidad de todos. Con las consecuencias que ello conlleva para la seguridad y la economía de los vecinos del inmueble.
Si sucede un siniestro, el Seguro de la Comunidad puede cubrirlo y evitar derramas inesperadas o incluso hacer frente a importantes pagos por estos sucesos, que pueden resultar un problema para la economía de los vecinos.
Detrás de la decisión de suscribir el Seguro de Comunidades de Propietarios hay razones relacionadas con la prevención y el ahorro, fundamentalmente. Además, en muchas comunidades de vecinos la decisión de hacerse un Seguro viene motivada por razones de tipo normativo, como veremos más adelante.
Obviamente, es mejor tener un Seguro de Comunidad en caso de que suceda cualquier incidente, como un incendio, robos, escapes de agua o cualquier desperfecto, en esas zonas que son comunes.
Sin una póliza, entre las consecuencias que el suceso pueda acarrear, es probable que la comunidad de propietarios se vea abocada al pago de una derrama que puede ser muy costosa, sobre todo si se producen daños personales.
Al pensar en los riesgos que afectan a nuestra comunidad de propietarios, debemos ser conscientes de que buena parte del edificio sirve de paso a muchas personas y conviene prevenir situaciones como, por ejemplo, que alguien resbale por la escalera porque está mojada. O que una teja ceda por la fuerza del viento y caiga sobre el parabrisas de un coche.
Como señalábamos antes, ante un accidente, es importante que tengas un seguro de responsabilidad civil de la vivienda para que te cubra en caso de daños en las zonas comunes, porque de lo contrario, tendrían que responder de forma solidaria todos los integrantes de la comunidad con su propio patrimonio, además de hacerse cargo de la defensa jurídica si se diera el caso.
En esos casos, conviene que nuestra comunidad esté convenientemente asegurada. El Seguro de Comunidades tiene como una de sus coberturas básicas el Seguro de RC con el que los vecinos estarían cubiertos en situaciones así.
Otro de los riesgos que amenaza cualquier edificio es el fuego. La posibilidad de un incendio es uno de los mayores y más costosos siniestros que se pueden producir en un inmueble residencial.
Si tenemos la mala suerte de vernos afectados por un fuego en uno de los pisos de nuestra comunidad, es conveniente tener un Seguro de Incendio que cubra la reforma de los espacios comunes y que asegure a los vecinos que se vean afectados.
Si hablamos de siniestros, es importante detenerse en los daños ocasionados por fugas, humedades o inundaciones. Mucha gente no sabe que alrededor del 40% de los partes que reciben las aseguradoras de comunidades de propietarios están relacionados con la cobertura de Daños por Agua.
Por ejemplo, la rotura de una tubería comunitaria o de las bajantes puede generar goteras en las viviendas del inmueble y acarrear derramas que, con una póliza adecuada, asumiría la compañía aseguradora.
Hay más coberturas que pueden interesar a los vecinos de nuestra comunidad, aunque en cada inmueble las circunstancias son diferentes. Por eso, las aseguradoras diseñan pólizas que puedan adaptarse a las necesidades de comunidades de todo tipo y puede resultar conveniente contar con el asesoramiento de un corredor de Seguros para que nos aconseje sobre las garantías que necesita nuestro edificio.
No obstante, algunas coberturas básicas no deben faltar, tales como:
Tener un Seguro para la Comunidad de Propietarios es una decisión recomendable por sí misma, aunque es posible que la normativa autonómica donde esté situado el inmueble obligue a contratar una póliza.
A nivel nacional, no hay ninguna ley que obligue a las comunidades de vecinos a contratar un Seguro. Sin embargo, hay comunidades autónomas que sí establecen en su normativa la obligatoriedad de asegurar las zonas comunes de los edificios residenciales.
Si te interesa, aquí puedes encontrar más información sobre la normativa y los Seguros de Comunidades de Propietarios.
De esta forma, en Madrid y en la Comunidad Valenciana la normativa obliga a que los edificios de viviendas tengan contratada una póliza que incluya un Seguro de Incendios y de Responsabilidad Civil.
En el resto de regiones, en cambio, no es obligatorio que la comunidad tenga Seguro, a no ser que lo establezcan los estatutos de la comunidad. En este caso, cualquier vecino puede exigir la contratación del Seguro de Comunidades.
Al margen de los Seguros de Comunidades de vecinos, los propietarios de las viviendas de un edificio residencial cuentan con otras garantías que, durante unos años, les protegen de los vicios ocultos y defectos en la construcción que pudieran aparecer en el inmueble:
La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, si establece la obligación de que los constructores de edificios de vivienda contraten un seguro de daños materiales o Seguro de Caución durante un año para prevenir vicios ocultos de la construcción, o bien que el promotor retenga un 5% del coste de la obra para responder ante estas garantías.
Asociado a la promoción del edificio, la ley establece la contratación de dos garantías que protegen a los propietarios de los desperfectos de la obra. El primero de ellos es el Seguro de Daños del Promotor que garantiza durante un plazo de tres años, el resarcimiento de los daños que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad del inmueble.
Finalmente, el Seguro Decenal, que también contrata el promotor del edificio, garantiza los posibles desperfectos o vicios ocultos que aparezcan en el inmueble asegurado durante los 10 años que siguen a la entrega de las viviendas. Los daños deben tener su origen o afectar a la cimentación y/o a la estructura del edificio, así como comprometer la resistencia mecánica y estabilidad de la vivienda.
Está claro que, por prevención y ahorro, cualquier urbanización o comunidad de vecinos necesita contar con un Seguro de Comunidades que ofrezca soluciones a los diversos incidentes que pueden suceder en las zonas comunitarias.
Encontrar la póliza adecuada puede ser más fácil con la ayuda de nuestro comparador, donde puedes contratar un Seguro de Comunidades de Propietarios barato y a medida. No obstante, si tienes dudas o prefieres que un asesor te aconseje sobre la póliza de tu comunidad de vecinos, ponte en contacto con tu correduría de Seguros online y te ayudaremos.
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