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Un accidente puede ocurrir en cualquier momento. En el trabajo, de camino a casa, mientras conduces, en el hogar… puedes tener un percance. Algunos son simples contusiones, pero también puedes verte impedido para trabajar unos días o sufrir un siniestro grave. Ante esta realidad, los seguros de accidentes pueden ser un gran apoyo. Hoy te contamos qué coberturas te ofrecen.
Lo cierto es que tener un accidente es algo que ocurre con más frecuencia de lo que parece. Hay estudios que estiman que en torno al 5% de los españoles tiene un accidente cada año. Y si sumamos los accidentes de tráfico, los accidentes laborales y los siniestros con daños personales que se dan en el interior de las casas, las incidencias se cuentan por cientos de miles anualmente.
El riesgo de sufrir un accidente, ya sea leve, grave o incluso mortal, tiene un destacado contrapeso en los seguros de accidentes, que prestan cobertura a los accidentados y a sus familias en esos momentos difíciles.
El seguro de accidentes se define como la póliza por la que la aseguradora garantiza al asegurado una indemnización o prestación en el caso de que sufra un accidente, ya sea un accidente de tráfico, laboral, doméstico o en cualquier otra circunstancia que se contemple en el contrato.
Este seguro cubre el fallecimiento por accidente o muerte accidental abonando el capital asegurado. Pero también ofrece cobertura a los lesionados y a aquellos que sufran cualquier daño personal a causa del siniestro, incluyendo la incapacidad para el asegurado.
De hecho, la mayoría de los contratos de seguros de accidentes dan protección a personas que han tenido la mala suerte de hacerse daño y verse impedidas temporalmente para trabajar. En estos casos, la aseguradora pone a tu disposición la asistencia sanitaria que necesites y te indemniza si sufres una incapacidad temporal o permanente.
También hay seguros que cubren los ingresos que dejas de tener mientras estás recuperándote de los daños. Y pólizas que pueden hacerse cargo de compromisos que no puedas afrontar por razón del accidente, como el pago de un préstamo.
En el ámbito profesional, los seguros de accidentes de empresas son muy habituales. Es más, en muchas ocasiones estos seguros son obligatorios y los empresarios deben contratarlos para dar protección a los trabajadores en caso de sufrir un accidente de trabajo.
Es un tipo de seguro que puedes contratar como póliza independiente o complementando a otros seguros. Hay pólizas de accidentes con coberturas específicas para colectivos y profesionales, pero también se contratan como una cobertura incluida en seguros de automóviles o seguros de vida.
Los seguros cubren accidentes, ¿pero qué accidentes están realmente bajo la cobertura? ¿Todo daño corporal consecuencia de un accidente está cubierto por la póliza? Bien, es preciso concretarlo.
En el ámbito de los seguros, un accidente es una lesión corporal que tiene origen en una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca lesiones, la invalidez o la muerte.
Según esta definición, un siniestro de este tipo es siempre un suceso inesperado e involuntario, que puede provocar daños personales de diversa consideración, al margen de las repercusiones económicas o gastos que puedan generarse como consecuencia del suceso.
Si los daños personales son causados por uno mismo, bien de forma voluntaria o por una conducta temeraria o contraria a las normas de tráfico, puede que tengamos un accidente. Pero probablemente nuestro seguro no lo contemplará dentro de las coberturas de la póliza.
Como hemos visto, hay accidentes y accidentes que no va a cubrir el seguro. Entre las exclusiones del seguro de accidentes destacan aquellos siniestros en los que se prueba que han sido provocados intencionadamente por el asegurado.
Hay que ser serio con esto, porque la Ley de Contrato de Seguro, en su artículo 102, establece que la aseguradora no está obligada a cumplir el contrato si se descubre que has provocado el accidente intencionadamente. Si además se constata que en este comportamiento hay un intento de fraude, las consecuencias pueden ser más graves.
Otras situaciones que no cubre el seguro de accidentes son las lesiones derivadas de una manifestación o huelga o de un conflicto armado. Además, entre las exclusiones de la póliza se suelen enumerar situaciones como que el seguro haya vencido, que la cobertura está suspendida por impago o que el accidente se haya producido previo al pago de la prima. En estos casos la aseguradora tampoco cubrirá el siniestro.
Los seguros de accidentes dan cobertura al asegurado por los daños personales que pueda sufrir como consecuencia de un accidente, ya sea en el ámbito de su vida privada o mientras desarrolla su actividad profesional. En el condicionado de la póliza se concretan las garantías incluidas en el contrato, ya que no todos los seguros de accidentes ofrecen la misma protección.
Sin embargo, los riesgos que cubren los seguros de accidentes son, básicamente, estos:
Si el accidente se salda con la muerte del asegurado, se activa la cobertura de fallecimiento. En este caso, el seguro de accidentes indemniza a los beneficiarios designados en la póliza con un capital garantizado que se establece en el contrato.
Esta garantía funciona de forma similar a un seguro de vida, aunque la cobertura sólo cubre la muerte por accidentes, dejando fuera el resto de las causas.
Además, es frecuente que en las pólizas de vida que ya cubren la muerte del asegurado por cualquier causa, se añada la cobertura de accidentes como garantía adicional. En el caso de seguro de vida accidentes personales, se establece una indemnización extra si el fallecimiento se produce como consecuencia de un accidente o, incluso, de un determinado tipo de accidente, como puede ser un accidente de tráfico.
Si, como consecuencia de un siniestro, el alcance de las lesiones nos provocan una incapacidad permanente, el seguro de accidentes lo cubre con una indemnización para paliar las consecuencias económicas que esto supone para la familia.
Esta incapacidad permanente hace referencia a las pérdidas anatómicas o funcionales que originen al asegurado secuelas físicas irreversibles que le impidan llevar una vida normal y seguir desempeñando su profesión.
En función del tipo de incapacidad permanente declarada y la gravedad de las secuelas, así será la indemnización. Existen tres tipos de incapacidad permanente:
Esta es la garantía del seguro de accidentes que más partes genera. Nos cubre cuando tenemos un accidente y precisamos de un tiempo de recuperación, durante el cual nos vemos sin poder trabajar e incluso perdiendo ingresos, en el caso de muchos profesionales autónomos. Entonces, nos vemos en situación de incapacidad temporal.
Esta se declara por cualquier lesión que imposibilite al asegurado para el desempeño de su profesión habitual durante un determinado plazo de tiempo. El seguro nos cubre con el pago de una indemnización cuando se declara la incapacidad temporal del asegurado.
Esta prestación suele consistir en el pago de una cantidad diaria (acorde con los ingresos que, como consecuencia de la incapacidad, deja de percibir el asegurado por su profesión o trabajo) mientras dure la incapacidad, con un límite máximo que se establece en las condiciones de la póliza.
La póliza de accidentes no sólo nos cubre con dinero, sino que también nos proporciona servicios médicos que nos prestan asistencia sanitaria para atender las lesiones y daños corporales que se hayan producido por el siniestro.
El seguro de accidentes costea los gastos sanitarios que se pueden producir como consecuencia de un accidente, en el marco de las condiciones del contrato. Algunos de estos servicios médicos privados son:
Como ya hemos apuntado, la cobertura de accidentes puede complementar una póliza de Vida o de Coche, pero cuando lo que quieres es hacerte un seguro de accidentes verás que hay dos modalidades de contratación, en función de si la póliza se contrata de forma individual o es suscrito por una empresa como seguro de accidentes colectivo.
En los seguros de accidentes personales o individuales tu eres el tomador de la póliza y el seguro presta la cobertura al asegurado, dando protección a la familia o a las personas que se designen como beneficiarios.
Es un seguro individual que cualquiera puede contratar voluntariamente. No obstante, estos seguros se asocian generalmente a determinados profesionales y autónomos que, por su actividad profesional, están más expuestos a diversos riesgos. En estos casos, compensa tener un seguro porque el trabajador tiene una mayor probabilidad de sufrir un accidente laboral. En este blog te contamos con más detalle cómo son los seguros de accidentes personales.
Los seguros colectivos de accidentes son pólizas suscritas por las empresas que cubren las indemnizaciones por los posibles accidentes que puedan sufrir sus trabajadores mientras desempeñan su actividad.
Algunos de estos son seguros obligatorios por convenio, es decir, que el convenio laboral establece la obligatoriedad de los empresarios de proteger a sus trabajadores con esta cobertura, que también se conoce como seguros de convenio o seguros de accidentes de convenio. Si precisas más información, tienes aquí más información sobre los seguros colectivos de accidentes.
Nadie sabe cuándo podemos necesitar el respaldo de nuestra aseguradora porque, como hemos visto, los accidentes no avisan. Pero contar con una póliza que nos dé cobertura en estas situaciones, puede ser clave para retomar la normalidad una vez que ha pasado todo.
Estar asegurado proporciona la tranquilidad de saber que, ante una adversidad de este calibre, puedes contar con el apoyo de tu seguro de accidentes. En este sentido, te podemos ofrecer las mejores propuestas para ti y tu familia con un seguro de accidentes personales a medida. O si lo prefieres, te conseguimos seguros de accidentes colectivos económicos para tu empresa. Pensamos que tu tranquilidad es muy importante; pero estamos seguros de que puede costar menos.
Experta en seguros, licenciada en Biología y especializada en salud, vida y decesos con 20 años de experiencia.
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Edwin Antonio Diaz Narvaez
Aun no tengo la residencia española pero me interesa contratar un seguro de vida o de accidentes que puedo hacer….
Turboseguros
Buenos días,
Debes tener NIE o DNI para contratar un seguro de vida en España
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